¿Debe sujetarse a una determinada modalidad el contrato laboral?
Mediante el Contrato para la Formación en Alternancia. Web del SEPE - Contratación en formación en alternancia
Mediante el Contrato para la Formación en Alternancia. Web del SEPE - Contratación en formación en alternancia
No sobrepasar las 40 h / semanales.
No, salvo que la empresa esté en territorio Nacional, porque se rige por normativa estatal.
El Objeto del contrato es la cualificación profesional del trabajador/a en régimen de alternancia, combinando formación y trabajo, lo cual implica la adquisición de conocimientos teóricos y prácticos. SEPE: información sobre el Contrato para la Formación en Alternancia.
Bonificación en las cuotas de la Seguridad Social, según el Art. 23 del Real Decreto-ley 1/2023 El contrato de formación en alternancia dará derecho, durante su vigencia, incluidas sus prórrogas, en los términos establecidos en el artículo 10, a una bonificación de 91 euros/mes. Asimismo, el citado contrato dará derecho a una bonificación de 28 [...]
Sí, están recogidos en el Artículo 11 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas
Estatuto de los trabajadores Menores de 18 años no pueden estar más de 8 h día incluido horas de clase y deben tener 2 días libre de descanso. Para los mayores de 18 años, el Art. 34.2 El máximo de horas día a trabajar son 9h, salvo que el convenio diga otra cosa y a [...]
Habrá que atender (al igual que el resto de los trabajadores) a lo dispuesto en el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores “El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales”. [...]
Sí, el contrato de Formación en Alternancia que se realice estará adecuado a la cualificación que dé el correspondiente ciclo que esté cursando en ese momento. Las condiciones del contrato deberán ser en base a las que correspondan a dicha cualificación. Estatuto de los trabajadores Art. 11. Contratos formativos 2. a) Se podrán realizar [...]
Si, está cubierto este tipo de contrato por el desempleo y también por el Fondo de Garantía Salarial, siempre que reúnan los requisitos para ello. La acción protectora de la Seguridad Social comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones Derecho a la Prestación por Desempleo Derecho a la cobertura del Fondo de Garantía Salarial