- Bonificación en las cuotas de la Seguridad Social, según el Art. 23 del Real Decreto-ley 1/2023
El contrato de formación en alternancia dará derecho, durante su vigencia, incluidas sus prórrogas, en los términos establecidos en el artículo 10, a una bonificación de 91 euros/mes. Asimismo, el citado contrato dará derecho a una bonificación de 28 euros/mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.
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- Bonificación por la transformación en contratos indefinidos, según el Art. 24 del Real Decreto-ley 1/2023
1. La transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 128 euros/mes durante tres años. En el caso de mujeres, dicha bonificación será de 147 euros/mes.
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- Subvención HEZIBI de Lanbide.
Esta ayuda podrá tener un importe de hasta 2000 € por año a las empresas que lo hayan suscrito.